Hace unos días, se le ocasionaron daños a mi vehículo en un
centro comercial. Hice reclamación y denuncia a las autoridades, pero me
dicen que al ser civil no pedirán la visualización de las cámaras y se
archivará la denuncia. El centro comercial se remite a la ley de protección
de datos para no cedernos (ni a mi ni a mi compañía de seguros) las imágenes
si no lo solicita la policía o un juez. Estamos en ello, pero
independientemente de eso también se les ha solicitado su seguro y número
de póliza del seguro civil para reclamar si entendiésemos que pudieran
tener alguna responsabilidad al estar el vehículo en un aparcamiento suyo.
El centro comercial se niega a facilitar su número de póliza diciendo que
ellos no tienen ninguna responsabilidad y que, por lo tanto, no nos la dan.
¿Es esto correcto? ¿Puedo hacer algo más al respecto?
Tendríamos que ver qué tipo de parking era: si era gratuito y accesorio al centro o de pago e independientemente. En este segundo caso, se aplica la Ley 40/2002, de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos. La norma estable la responsabilidad el titular del parking, y con carácter objetivo.
No obstante, en el primer caso mencionado la norma no resultará de aplicación, por lo que el parking sólo responderá para el caso de que concurra una negligencia atribuible (una mancha de aceite no limpiada…).
Si estamos en este segundo caso, debería tratar de insistir e insistir a la policía para que requieran la grabación al centro comercial. Puede sostener que no tiene por qué ser un asunto civil.
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